8.¿Cómo proteger y conservar los recursos hídricos en mi localidad?
solo tira la
basura en la caneca no en el arrollo ni otra parte ,no gastes mucha agua sierra
la llave cuando no la necesites y usa la electricidad suficiente tampoco hagas
tanto ruido y no contamines con el humo y por ultimo usa medios de transporte
sanos como la bicicleta
Las aguas subterráneas son parte esencial del ciclo hidrológico entre la
tierra y la atmósfera. Este recurso es ampliamente utilizado en la región, en
la que el Ministerio de Obras Públicas, a través de su Dirección General de
Aguas (D.G.A.), tiene como función primordial preservar y cuidar estos
acuíferos de la sobreexplotación o el uso indebido de estos.Y es que este recurso hídrico es “una posibilidad ampliamente importante para las personas de sectores alejados de las zonas que no estén abastecidas de las redes de canales y que no sean partícipes de algún comité de Agua Potable Rural (A.P.R.)”, como señala Carlos Galleguillos, Director de la D.G.A.
En ese sentido, pese a que la explotación de un pozo puede ser realizada por cualquier persona para la bebida y uso doméstico de su vivienda, existe una clara legislación y normativas para tramitar los derechos de aprovechamiento de aguas cuando se requieran para fines agrícola, minero, comercial o industrial, siempre que el recurso hídrico se encuentre disponible.
Evitando la
sobreexplotación
Existen diversas medidas de protección de los acuíferos para prevenir su sobreexplotación. “La primera medida lo define el código de aguas con un radio de protección de 200 metros, medidos desde el centro de la obra de captación; después se hace un seguimiento y si se producen variaciones importantes de los niveles estáticos de los pozos, se declara una segunda medida, la cual puede ser solicitada por los propios interesados o determinada por la propia D.G.A., que son las áreas de restricción” apunta enfático Galleguillos.
En ese sentido, cuando se declara área de restricción se puede constituir nuevos derechos, solo como provisionales, estos sólo se registran en el Catastro Público de Aguas, de dicho organismo estatal, razón por la cual, no se pueden inscribir como título de dominio en el conservador de bienes raíces.
Luego de la fase restrictiva, dicha entidad continúa haciendo el seguimiento y si se considera que hay una considerable tendencia al agotamiento, viene una medida mucho más potente que es declarar el sector como zona de prohibición.

Existen diversas medidas de protección de los acuíferos para prevenir su sobreexplotación. “La primera medida lo define el código de aguas con un radio de protección de 200 metros, medidos desde el centro de la obra de captación; después se hace un seguimiento y si se producen variaciones importantes de los niveles estáticos de los pozos, se declara una segunda medida, la cual puede ser solicitada por los propios interesados o determinada por la propia D.G.A., que son las áreas de restricción” apunta enfático Galleguillos.
En ese sentido, cuando se declara área de restricción se puede constituir nuevos derechos, solo como provisionales, estos sólo se registran en el Catastro Público de Aguas, de dicho organismo estatal, razón por la cual, no se pueden inscribir como título de dominio en el conservador de bienes raíces.
Luego de la fase restrictiva, dicha entidad continúa haciendo el seguimiento y si se considera que hay una considerable tendencia al agotamiento, viene una medida mucho más potente que es declarar el sector como zona de prohibición.
Pero, ¿cómo puedo
obtener este recurso?
Exceptuando el uso para la bebida, que se explicó anteriormente, si se necesita para otros fines, agrícola, minero, industrial u otro fin productivo,”los interesados tienen que acercarse a las oficinas de la D.G.A. para solicitar el derecho de aprovechamiento de ella” indicó la máxima autoridad regional de dicha entidad.
Hay que señalar que, “si la persona necesita más de 10 litros por segundo, ese usuario tiene que comprobar, mediante una memoria explicativa, el uso que se le va a dar al derecho de aprovechamiento solicitado, a fin de evitar la sobreexplotación o los acaparamientos, como ha sucedido en el sector Pan de Azúcar y Río Los Choros, en cuyos acuíferos se ha tenido que declarar área de restricción” señaló Galleguillos.

Exceptuando el uso para la bebida, que se explicó anteriormente, si se necesita para otros fines, agrícola, minero, industrial u otro fin productivo,”los interesados tienen que acercarse a las oficinas de la D.G.A. para solicitar el derecho de aprovechamiento de ella” indicó la máxima autoridad regional de dicha entidad.
Hay que señalar que, “si la persona necesita más de 10 litros por segundo, ese usuario tiene que comprobar, mediante una memoria explicativa, el uso que se le va a dar al derecho de aprovechamiento solicitado, a fin de evitar la sobreexplotación o los acaparamientos, como ha sucedido en el sector Pan de Azúcar y Río Los Choros, en cuyos acuíferos se ha tenido que declarar área de restricción” señaló Galleguillos.
Proyecciones a futuro
con el tema
La Dirección General de Aguas tiene varios desafíos y proyecciones en lo que respecta a este recurso hídrico.
En primer lugar, continuar haciendo estudios hidrogeológicos en sectores estratégicos de la región, en segundo lugar mantener los programas de mediciones de niveles estáticos en los puntos de control de la región. Tercero, realizar gestiones tendientes al logro de formaciones de comunidades de aguas subterráneas en las zonas que estén declaradas como áreas de restricción. Y cuarto, hay que destacar una disposición importante derivada de la reciente modificación del Código de Aguas del año 1981, en el sentido de que las aguas subterráneas puedan ser incorporadas a la administración de las juntas de vigilancia.
Todo esto, para que este importante, escaso y finito recurso hídrico sea eficientemente utilizado y cumpla la función útil de aportar al desarrollo sustentable de la comunidad de nuestra región.
Ante la escases de agua en diversos sectores y el riesgo de sequía, cuidar el recurso hídrico es más que vital.
La Dirección General de Aguas tiene varios desafíos y proyecciones en lo que respecta a este recurso hídrico.
En primer lugar, continuar haciendo estudios hidrogeológicos en sectores estratégicos de la región, en segundo lugar mantener los programas de mediciones de niveles estáticos en los puntos de control de la región. Tercero, realizar gestiones tendientes al logro de formaciones de comunidades de aguas subterráneas en las zonas que estén declaradas como áreas de restricción. Y cuarto, hay que destacar una disposición importante derivada de la reciente modificación del Código de Aguas del año 1981, en el sentido de que las aguas subterráneas puedan ser incorporadas a la administración de las juntas de vigilancia.
Todo esto, para que este importante, escaso y finito recurso hídrico sea eficientemente utilizado y cumpla la función útil de aportar al desarrollo sustentable de la comunidad de nuestra región.
Ante la escases de agua en diversos sectores y el riesgo de sequía, cuidar el recurso hídrico es más que vital.
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